Obra pública en los estados: sin garantías en la ley

FOTO: MARTÍN ZETINA /CUARTOSCURO.COM

Alejandra Hernández | @AleHG

Ley federal de obra pública

La legislación mexicana en materia de contrataciones públicas se encuentra lejos de garantizar a los ciudadanos infraestructura, bienes y servicios de primera calidad a un costo competitivo.

En el ámbito federal han transcurrido más de tres años desde que el presidente Enrique Peña Nieto presentara una iniciativa de reforma a la ley de obra pública federal con el objetivo de “facilitar la contratación y ejecución de las obras públicas agilizando los procedimientos”[1]. La sociedad civil tomó esta coyuntura como una oportunidad para incidir en la construcción de una nueva ley que incorporara los más altos estándares en materia de competencia, transparencia y rendición de cuentas. Sin embargo, pese a los esfuerzos de organizaciones como el Instituto Mexicano para la Competitividad (IMCO), Transparencia Mexicana y México Evalúa, la iniciativa continúa en la congeladora legislativa y los incidentes en materia de corrupción permanecen estrechamente ligados a las contrataciones públicas.
Leyes estatales de obra pública
En el plano estatal, la legislación de obra pública encuentra retos mayores. Para muestra, un claro ejemplo: los procedimientos de contratación que efectúan los estados se realizan en papel, de forma estrictamente presencial y sin estándares de transparencia.

Como respuesta a estos retos, el IMCO construyó un método para analizar la calidad de las leyes estatales de obra pública. Es así como surgió el Índice Legal de Obra Pública (ILOP), el cual analiza a los 15 estados con mayor presencia en términos de población y PIB nacional y está compuesto por 144 criterios que evalúan el nivel de cumplimiento de los requerimientos mínimos que debe contener cualquier legislación estatal para garantizar el correcto desarrollo de la obra pública. Estos criterios fueron diseñados con base en siete ejes transversales: Transparencia, Planeación, Finanzas públicas, Tecnologías de la información (TIC), Competencia, Responsabilidades administrativas y Fiscalización.
El primer paso: contar con buenas leyes
Después de evaluar las normas estatales, el ILOP arrojó un resultado contundente: ningún estado pasó la prueba del ácido. Ningún estado prevé en su legislación los requisitos mínimos que favorezcan el adecuado desarrollo de una obra pública.

Si bien cada legislación estatal es única, el ILOP revela que todos los estados comparten figuras normativas que abren espacio a la discrecionalidad y opacidad:

  • No exigen la realización de una investigación de mercado como requisito para el inicio de cualquier procedimiento de contratación.
  • Desincentivan la competencia al obstaculizar la entrada a los concursos, otorgar ventajas indebidas a ciertos participantes y al permitir el uso de la subcontratación y las propuestas conjuntas sin examinar su impacto en términos de competencia.
  • Prevén excepciones a la licitación pública que son injustificadas.
  • Permiten la modificación de contratos en más del 25% de su monto o plazo.
  • No exigen la publicación de la información relacionada con la obra pública desde su planeación hasta su ejecución.

IMCO propone
Está en manos de los estados dejar en el pasado estos diseños normativos ineficientes a través de una reforma profunda a su legislación con apego a los siete ejes transversales evaluados por el ILOP. El inicio es claro: el marco jurídico vigente debe estar disponible en un solo lugar y abarcar al mayor número posible de entes públicos. A su vez, los procedimientos deben favorecer la participación del mayor número de oferentes y la asignación de los contratos debe regirse por criterios objetivos. Además, los estados requieren con urgencia de sistemas informáticos y plataformas de fácil acceso donde pueda consultarse el programa anual de obra, la evolución de los concursos y la ejecución de los proyectos.

Adicionalmente, el índice incluye otras herramientas para su mejor comprensión y uso:

  1. Una Guía de evaluación que contiene los criterios evaluados y su justificación. Esto permite que cualquier ciudadano pueda replicar el análisis en su entidad.
  2. Un compendio del marco jurídico estatal en materia de obra pública para cada una de las 15 entidades evaluadas.
  3. Una ficha técnica por cada estado evaluado en la que se destacan sus fortalezas y debilidades particulares.
  4. Una base de datos que concentra los resultados en formato de datos abiertos (reutilizables).

Publicado por Animal Político
19-04-2018