GLOSARIO
Acción penal por particulares
Derecho ejercido por la víctima o el ofendido directamente ante el Juez de Control de Garantías sin necesidad de acudir al Ministerio Público, únicamente por delitos perseguibles por querella o cuya pena sea alternativa, es decir, distinta a la cárcel o cuya pena máxima no rebase los tres años de prisión. Para realizarla se deberá contar con datos que permitan establecer que se ha cometido un delito, así como la probabilidad de que el imputado lo haya cometido o participado en su comisión.