GLOSARIO
Principio de prohibición de doble enjuiciamiento
Toda persona a quien se le ha dictado una sentencia definitiva, condenándola o absolviéndola, no puede ser sometida a otro procedimiento penal por los mismos hechos.
Toda persona a quien se le ha dictado una sentencia definitiva, condenándola o absolviéndola, no puede ser sometida a otro procedimiento penal por los mismos hechos.