Investigación

A cuatro años del T-MEC

IMCO y Wilson Center analizan el T-MEC a cuatro años 

El Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC) cumple cuatro años de vigencia este 1º de julio. El T-MEC modernizó el Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) de 1994 y dio continuidad al marco regulatorio de la relación comercial entre México, Estados Unidos y Canadá.

Con cuatro años transcurridos, el tratado se encuentra a dos años de su primera revisión por parte de los gobiernos de Canadá, México y Estados Unidos, como se establece en la cláusula sunset. Actualmente, el T-MEC tiene una vigencia de 16 años (hasta 2036). En la próxima revisión de julio de 2026, los países podrán tomar la decisión de extender la vigencia actual del tratado por 6 años adicionales, es decir, hasta 2042. De lo contrario, deberán llevar a cabo revisiones anuales hasta que se cumpla su vigencia original (2036).

Ese contexto resalta la importancia de asegurar que México, Estados Unidos y Canadá cumplan con los compromisos establecidos en el T-MEC, de manera que lleguen a la revisión con los argumentos necesarios para garantizar la estabilidad que el marco regulatorio del acuerdo otorga a la relación comercial trilateral. Esa estabilidad ha permitido que, entre otras cosas, México y Canadá incrementen su rol como proveedores de importaciones de Estados Unidos y superen los montos de importaciones estadounidenses provenientes de China.

Pendientes trilaterales: casos de controversia activos

Un elemento crucial para asegurar una revisión exitosa en 2026 es la solución de las controversias Estado-Estado activas bajo las reglas del T-MEC. A la fecha, el mecanismo para su resolución se ha activado siete veces en diferentes sectores: el sector de los lácteos, el automotriz, el energético, el de biotecnología agrícola y el de producción de paneles solares. En cuatro de esos casos, los paneles conformados concluyeron la investigación y presentaron un Informe Final. De los casos restantes, uno ha establecido un panel y otros dos -relacionados con las políticas energéticas de México- siguen en la etapa de consultas.

Los casos activos son los siguientes:

1. Política energética y medidas en el sector eléctrico (dos casos)

  • Fecha de inicio: 20 de julio de 2022
  • País demandante: Estados Unidos
  • País demandado: México
  • Estatus actual: En proceso de consultas
  • Conflicto: Estados Unidos alega que la implementación de políticas en el sector energético mexicano impactan negativamente a las empresas estadounidenses y canadienses del sector para beneficio de la Comisión Federal de Electricidad (CFE) y Petróleos Mexicanos (Pemex). Estas incluyen 1) la propuesta de reforma a la Ley de la Industria Eléctrica de marzo de 2021 -la cual fue declarada inconstitucional por la Suprema Corte de Justicia en febrero de 2024-, 2) los retrasos en permisos para empresas privadas en el sector energético, 3) la extensión otorgada a Pemex en el periodo otorgado para cumplir con requerimientos de suministro de diésel bajo en azufre y 4) las acciones relativas al uso del servicio de transporte de gas natural de México.
  • Caso paralelo: En la misma fecha, Canadá inició un proceso paralelo al solicitado por Estados Unidos sobre el mismo tema con México como país demandado.

2. Medidas relacionadas con el maíz genéticamente modificado

  • Fecha de inicio: 2 de junio de 2023
  • País demandante: Estados Unidos
  • País demandado: México
  • Estatus actual: En proceso de investigación por parte del panel
  • Conflicto: el gobierno de Estados Unidos argumenta que tres medidas entran en conflicto con las disposiciones del T-MEC: 1) el rechazo de solicitudes de autorización para la importación de Organismos Genéticamente Modificados (OGM), incluido el maíz transgénico, 2) la decisión de México de prohibir el maíz transgénico para la nixtamalización y la producción de harina y 3) la decisión de México de sustituir gradualmente el maíz transgénico para usos relacionados con el consumo humano y para el forraje (alimentación animal) sin presentar evidencia científica. 

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Además de los casos de solución de disputas activos actualmente, el funcionamiento del T-MEC se enfrenta a posibles retos relacionados con acciones del gobierno de México, específicamente por una serie de iniciativas de reformas constitucionales que serán presentadas ante la nueva legislatura que entra en funciones en septiembre de 2024.

De las 18 iniciativas propuestas, cinco podrían violar las disposiciones incluidas en los capítulos del T-MEC:

1. Reforma en materia de simplificación orgánica

      • Propuesta: Extinguir organismos autónomos, incluyendo a la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE), el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) y la Comisión Reguladora de Energía (CRE). Se propone incorporar sus actividades al Poder Ejecutivo en dependencias como la Secretaría de Economía o la Secretaría de Energía.
      • Conflictos potenciales con el T-MEC:
        • Al eliminar esos organismos autónomos e incorporar sus actividades al Poder Ejecutivo, la reforma podría entrar en conflicto los siguientes capítulos del T-MEC:
          1. Capítulo 18 (Telecomunicaciones): establece la obligación de mantener un organismo regulador del sector que sea independiente y autónomo del Poder Ejecutivo.
          2. Capítulo 21 (Política de competencia): señala que cada país debe mantener una autoridad o autoridades nacionales dedicadas específicamente a la aplicación de las leyes de competencia.
          3. Capítulo 22 (Empresas propiedad del estado): establece que los organismos administrativos que regulen a las empresas propiedad del Estado (incluyendo aquellas en el sector energético) deben ser imparciales.

2. Reforma en materia de industrias energéticas del Estado

      • Propuestas: 1) elimina la capacidad de la CFE para celebrar contratos con empresas privadas; 2) establece la precedencia de la CFE sobre las empresas privadas y 3) elimina la Comisión Reguladora de Energía (CRE).
      • Conflictos potenciales con el T-MEC:
        • Capítulo 14 (Inversión): la “cláusula trinquete” incluida en el T-MEC establece que si un país abre más su economía permitiendo más comercio o inversión extranjera, no podrá retroceder esas medidas en el futuro ni cerrar sectores previamente abiertos a participación privada, por lo que introducir nuevas restricciones para empresas privadas en el sector energético podría generar un conflicto.

3. Prohibición de maíz genéticamente modificado

      • Propuesta: Declarar al país libre de maíz genéticamente modificado, incluido el transgénico, para siembra y consumo humano.
      • Conflictos potenciales con el T-MEC:
        • Al imponer restricciones al comercio sin presentar evidencia científica, la reforma estaría en conflicto con compromisos adquiridos en el T-MEC
          1. Capítulo 2 (Trato nacional y acceso a mercados): establece que no se podrán implementar restricciones arbitrarias al comercio de un bien.
          2. Capítulo 9 (Medidas sanitarias y fitosanitarias): señala que las medidas sanitarias y fitosanitarias -como la restricción a las importaciones de bienes agrícolas- deben basarse en recomendaciones científicas.

4. Preferencia de la disponibilidad del agua para consumo personal y uso doméstico

  • Propuesta: No otorgar concesiones a particulares en zonas con baja disponibilidad de agua en cantidad y calidad y sólo autorizar asignaciones a entes públicos para el consumo personal y uso doméstico del agua. 
  • Conflictos potenciales con el T-MEC:
    • Capítulo 14 (Inversión): incluye disposiciones de Trato nacional y Trato de nación más favorecida que prohíben el trato preferencial a empresas públicas por encima de inversionistas privados de otros países.

5. Prohibición de las concesiones para actividades de minería a cielo abierto

  • Propuesta: Prohibir el otorgamiento de concesiones para la exploración y explotación de minerales en la minería a cielo abierto. Las concesiones vigentes no se verían afectadas.
  • Conflictos potenciales con el T-MEC:
    • Capítulo 14 (Inversión): incluye disposiciones de Trato nacional, Trato de nación y más favorecida y Nivel Mínimo de Trato que prohíben el trato preferencial a empresas públicas por encima de inversionistas privados de otros países. La cláusula de Nivel Mínimo de Trato del T-MEC protege a inversionistas contra medidas que puedan afectar su operación y propiedad. La reforma propuesta podría violar el compromiso de mantener las condiciones de apertura acordadas al firmar el tratado, lo cual podría resultar en demandas de arbitraje o sanciones comerciales por parte de Canadá o Estados Unidos.

En un año con cambio de Gobierno Federal  en México y elecciones en Estados Unidos, y con la posibilidad de modificaciones institucionales, de cambios regulatorios y de políticas públicas, la resolución de disputas pendientes y alineación de marcos regulatorios entre los tres países del T-MEC es crucial. Las nuevas administraciones tienen la oportunidad de tomar decisiones que promuevan una mayor integración productiva en América del Norte, para lo cual es indispensable asegurar el cumplimiento de los compromisos comerciales.

Acciones como la presentación de iniciativas de reformas constitucionales o legales que puedan entrar en conflicto con el T-MEC, o que generen incertidumbre y disminuyan la certeza jurídica, afectan la competitividad regional. A medida que se acerca la revisión del T-MEC, será fundamental alinear las políticas públicas entre México, Estados Unidos y Canadá, así como mantener los pesos y contrapesos necesarios para garantizar su longevidad y aprovechar sus beneficios al máximo.