El 29 de enero de 2021 el titular del Poder Ejecutivo remitió a la Cámara de Diputados en calidad de preferente una Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforman y adicionan diversas Disposiciones de la Ley de la Industria Eléctrica (LIE). El espíritu y letra de la iniciativa es eliminar el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) con una serie de cambios regulatorios para beneficiar a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) a costa de los productores privados. De aprobarse no solo iría en contra de las disposiciones constitucionales vigentes promulgadas durante la administración anterior, sino que sentaría un precedente peligroso para las inversiones en el país y la economía mexicana al atentar contra la certidumbre jurídica y el Estado de Derecho.
Esto tiene repercusiones negativas sobre las finanzas públicas, el medio ambiente y los consumidores mexicanos al encarecer el sistema eléctrico y al destruir los prospectos de generación barata y limpia. Tampoco es congruente con la Constitución ni con los tratados comerciales internacionales, específicamente con el Tratado México-Estados Unidos-Canadá (T-MEC). Además, alejaría al país de la senda de la transición hacia una mayor generación de energías limpias al promover el incumplimiento del Acuerdo de París y la Ley de Transición Energética.
El debate y eventual votación en el Congreso de esta iniciativa deberá considerar estos temas, así como el impacto que puede tener en el bienestar de los mexicanos en lo personal y en lo empresarial. Destacan los siguientes puntos de la iniciativa:
1. La iniciativa pretende destruir el mecanismo de despacho de energía de las centrales eléctricas que hoy opera el Centro Nacional de Control de Energía (CENACE) de manera independiente, para dar prioridad a las plantas de la CFE. Las principales perdedoras de esta propuesta son las centrales de energías renovables y limpias. El criterio de despacho es la forma en que se define qué centrales inyectan su energía a la red y en qué momento. La iniciativa reforma el artículo XX con el propósito de dar prioridad en el despacho a las centrales generadoras de la CFE. En primer lugar a las hidroeléctricas, en segundo a las demás centrales de la CFE, posteriormente a la energía eólica y solar de los particulares, y finalmente a las centrales de ciclo combinado (centrales que operan a partir de un ciclo de gas y otro de vapor) de particulares. Como las centrales hidroeléctricas no pueden satisfacer la demanda de electricidad del país, las principales beneficiadas serían las plantas más contaminantes de la CFE, que generan energía eléctrica a partir de combustóleo y carbón y que tienen costos más altos que el resto, lo que tendría implicaciones ambientales negativas a nivel local y global.
Afectaciones: La mayor parte del costo de generación depende del combustible utilizado. Usar combustibles ineficientes y contaminantes implica mayores tarifas para los usuarios y mayores subsidios a los consumidores. Las finanzas de la CFE se verán perjudicadas, al eliminarse el incentivo para que el sistema compre primero la electricidad más barata, destruyendo la eficiencia derivada de la competencia entre productores. Se destruye el incentivo a crecer en la generación a partir de fuentes renovables dado que el esquema vigente, que la reforma busca derogar, ofrece mejores utilidades a los generadores que utilicen fuentes menos contaminantes.
2.La iniciativa establece que la entrega de los Certificados de Energías Limpias (CEL) no dependerá de la fecha de entrada en operación de las centrales eléctricas. Con el propósito de incentivar la generación de energía eléctrica limpia, la Ley de Transición Energética creó los CEL, los cuales se otorgan por cada megawatt-hora de energía generada con centrales limpias que iniciaron operaciones después del mes de agosto de 2014. No obstante, la Iniciativa pretende favorecer a la CFE al asignarle este tipo de certificados a la energía producida en centrales existentes antes de esa fecha. En la estructura del mercado actual se incentivan nuevas inversiones en fuentes limpias mientras que la iniciativa presidencial destruye ese incentivo y favorece a la CFE con cualquier tipo de generación.
Afectaciones: Con esta acción se desvirtúa el diseño mismo de los CEL como instrumentos para acelerar la transición energética hacia energías limpias. Es contrario al objetivo de los CEL al no incentivar la instalación de nuevas centrales renovables por parte de la empresa productiva del Estado.
3. La iniciativa presidencial elimina la obligación de la subsidiaria de suministro básico de la CFE de comprar energía por medio de subastas. La iniciativa elimina la obligatoriedad para que la subsidiaria de la CFE encargada de vender electricidad a los pequeños consumidores adquiera energía vía subastas para reducir los precios.
Afectaciones: No garantizará los menores precios de energía eléctrica al usuario final. Se abre la puerta a la discrecionalidad en las compras de energía eléctrica por criterios distintos a la eficiencia. Obliga al subsidio permanente de tarifas residenciales y agrícolas, creando compromisos de gasto insostenibles para la Federación, y fragilidad en las finanzas de la CFE. Detiene las inversiones necesarias para reducir la pobreza energética de millones de mexicanos.
4.La iniciativa revoca los permisos de autoabasto. Los permisos de autoabasto fueron expedidos previo a la apertura del sector para permitir a las empresas asociarse y producir electricidad para sus establecimientos con esta generación (los socios autoabastecedores). La iniciativa establece que los permisos de autoabasto amparados por la LIE como parte del régimen vigente antes de la aprobación de la reforma energética (para mantener las condiciones en que se realizó la inversión original con el marco legal pre-apertura) podrán revocarse. La Comisión Reguladora de Energía (CRE) abre un frente innecesario, dado que las sociedades de autoabasto desaparecerán cuando sus permisos expiren y su capacidad de generación eléctrica está limitada por la capacidad original del permiso.
Afectaciones: Afecta la certidumbre jurídica de los inversionistas al alterar retroactivamente las condiciones bajo las cuales realizaron sus inversiones.
Esta iniciativa es violatoria del T-MEC al cambiar las condiciones regulatorias de tal forma que las inversiones en el sector se vuelven inviables. La iniciativa representa una expropiación indirecta. Asimismo, es violatoria de las disposiciones en materia de empresas propiedad del Estado al beneficiar a un participante estatal sobre todos los demás.
El sector eléctrico es uno de los seis cubiertos por el mecanismo de solución de controversias inversionista-Estado entre México-Estados Unidos. El riesgo de que México tenga que defender su política ante paneles internacionales es real.
En el IMCO, exhortamos a los legisladores a debatir con datos y evidencia en un ejercicio de parlamento abierto los siguientes 30 días en que vence el plazo para votar esta iniciativa en la Cámara de Diputados. De aprobarse representaría un retroceso histórico para la construcción de un México más competitivo y cancela la posibilidad de llevar mejores precios de electricidad a los hogares y al sector productivo.