Investigación

Condiciones de las Fiscalías Anticorrupción en México

Condiciones de las Fiscalías Anticorrupción en México

Desde 2015, los mexicanos consideran la corrupción como el segundo principal problema en su entidad federativa, solo por debajo de la inseguridad y delincuencia. En un contexto de prácticas y alta percepción de corrupción, hay otro factor que cobra relevancia: la impunidad.

La mayoría de los casos de corrupción no se sancionan. De acuerdo con la investigación realizada por el Instituto Mexicano para la Competitividad (IMCO) y TOJIL, entre el primero de enero de 2019 y el 31 de mayo de 2020, únicamente ocho estados reportaron haber judicializado más del 5% de las investigaciones iniciadas, es decir, son muy pocos los casos llevados ante la autoridad competente para recibir una sanción.

Ante la poca efectividad en la investigación de casos de corrupción y con el objetivo de fortalecer las capacidades institucionales en los estados, el IMCO y TOJIL analizaron el marco jurídico, los recursos humanos y materiales, así como los procesos y resultados de las Fiscalías Anticorrupción en México, instituciones encargadas de la atención, investigación, persecución y prosecución de delitos relacionados con hechos de corrupción. La evidencia obtenida muestra que:

  • Las 29 Fiscalías Anticorrupción evaluadas1 carecen de un protocolo de audiencias, de protección a testigos, entregas vigiladas y operaciones encubiertas, lo que significa que hay pocos instrumentos normativos para realizar investigaciones de actos de corrupción.
  • En 10 Fiscalías Anticorrupción el nombramiento del titular es realizado por el fiscal general, lo que limita la autonomía y genera incertidumbre en la estabilidad de su cargo.
  • Únicamente cinco estados, Durango, Jalisco, Campeche, Coahuila y Veracruz reportaron que el presupuesto de la Fiscalía Anticorrupción se asigna de manera independiente a la Fiscalía estatal, lo cual permite asegurar la asignación de recursos y su correcta operación, y ayuda a prevenir la interferencia de intereses particulares en la planeación y ejecución de acciones.
  • Entre 2019 y 2020, solo en cuatro estados (Chihuahua, Guanajuato, Sinaloa y Sonora) los ministerios públicos, policías y peritos recibieron capacitación.
  • Mientras que el Estado de México cuenta con el mayor número de ministerios públicos (55), Guerrero (3), Colima (3) y San Luis Potosí (2) son los estados con el menor número de ministerios públicos, sin que exista una justificación en términos de extensión territorial o población.
  • Únicamente 10 Fiscalías Anticorrupción reportaron contar con peritos en la institución y 16 con policías de investigación.
  • 26 Fiscalías Anticorrupción cuentan con medios para denunciar. De estos, 18 estados reportaron contar con tres o más medios para interponer denuncias por hechos de corrupción.
  • 14 Fiscalías Anticorrupción (Aguascalientes, Campeche, Durango, Guerrero, Hidalgo, Jalisco, México, Michoacán, Nuevo León, Querétaro, Quintana Roo, Sonora, Yucatán y Zacatecas) cuentan con convenios de colaboración con otras instituciones a nivel local y federal para realizar investigaciones en materia de corrupción.
  • Aunque las entidades federativas ya cuentan con una Fiscalía Anticorrupción, estas no tienen los recursos, la normatividad, el personal o los procesos adecuados. Por ello, los resultados aún son insuficientes e insatisfactorios.

Las Fiscalías Anticorrupción son fundamentales en el engranaje anticorrupción, por lo que conocer cuáles son las condiciones permite formular recomendaciones y estrategias de mejora. Por ello, el IMCO y TOJIL proponen:

  • Garantizar la autonomía operativa y financiera de las Fiscalías Anticorrupción a nivel nacional mediante la independencia presupuestaria de la Fiscalía General y priorización de delitos en materia de corrupción.
  • Promover la recuperación de activos, así como del decomiso de bienes, objetos, instrumentos o productos del delito.
  • Impulsar la mejora en la colaboración interinstitucional con instituciones federales y locales para el desarrollo de sus investigaciones.
  • Generar planes de persecución penal que prioricen los casos de investigación de manera estratégica, diferenciada y objetiva.