El fallo del máximo tribunal de Estados Unidos redefine los límites del poder presidencial en materia comercial
El 20 de febrero, la Suprema Corte de Estados Unidos resolvió con 6 votos a favor y 3 en contra que los aranceles impuestos en 2025 bajo la Ley de Poderes Económicos Especiales de Emergencia (IEEPA, por sus siglas en inglés) son inconstitucionales. El tribunal determinó que el Poder Ejecutivo excedió sus facultades al utilizar atribuciones de emergencia para aplicar gravámenes comerciales de carácter general.
De acuerdo con la Constitución estadounidense, la autoridad para regular el comercio exterior corresponde al Congreso. En este sentido, el Ejecutivo solo puede ejercer facultades comerciales en la medida en que estas le hayan sido delegadas mediante legislación aprobada por el Congreso.
Este fallo no afecta las medidas arancelarias impuestas al amparo de otros instrumentos jurídicos, como la Sección 232, bajo el argumento de seguridad nacional.
La Casa Blanca adelantó que recurrirá a diversas disposiciones legales para restringir importaciones. En primer lugar, se anunció un arancel global de 10% al amparo de la Sección 122. Además, se iniciarán nuevas investigaciones bajo la Sección 232 y la Sección 301. Asimismo, aún está pendiente definir el mecanismo para reintegrar los aranceles pagados en las aduanas estadounidenses, estimados en 175 mil millones de dólares.
¿Qué opciones tiene la Casa Blanca?
- Sección 122: Permite restricciones temporales a importaciones, como cuotas o aranceles de hasta 15% hasta por 150 días, para proteger la economía de Estados Unidos ante desequilibrios en la balanza de pagos.
- Sección 232: Autoriza restricciones a importaciones que amenacen la seguridad nacional.
- Sección 301: Permite represalias comerciales contra prácticas desleales o violaciones de tratados.
- Sección 338: Permite imponer aranceles a países que discriminen el comercio estadounidense.
¿Qué aranceles impactan a México?
- Para México, el arancel de 25% aplicado a los productos que no cumplen con las reglas del T-MEC desaparece. De igual forma, el nuevo arancel global de 10% se aplicará únicamente a los bienes que no cumplan con el Tratado.
- Por ello, se mantiene una ventaja relativa para los productos mexicanos en el acceso al mercado estadounidense, aunque en menor medida.
- México actualmente está sujeto a aranceles aplicados bajo la Sección 232 en sectores estratégicos como el automotriz, así como en productos de acero, aluminio y cobre, entre otros bienes. De acuerdo con la orden ejecutiva publicada por la Casa Blanca, estos bienes no estarán afectados por el arancel de 10%.

Aranceles que impactan a México
Sección 122:
- Productos que no cumplan con el T-MEC: 10%
Sección 232:
- Autobuses: 10%
- Gabinetes y muebles de cocina: 25%
- Muebles de madera: 25%
- Madera blanda y madera aserrada: 10%
- Automóviles, camiones y autopartes (excepto el contenido estadounidense): 25%
- Cobre: 50%
- Acero y aluminio: 50%
Desde la perspectiva institucional, el fallo fortalece la certidumbre jurídica regional al establecer que el Ejecutivo estadounidense no puede modificar de manera amplia las condiciones comerciales sin respaldo legislativo.
En un contexto electoral, donde se renovará la totalidad de la Cámara de Representantes y un tercio del Senado en noviembre, este elemento introduce un factor político adicional que podría volver más complejas las decisiones comerciales de Estados Unidos. El fallo no cambiará la política comercial de la administración Trump, pero sí redefine su margen de maniobra.
Con ello, la resolución sienta un precedente que fortalece el Estado de derecho, acota la discrecionalidad en la política comercial y envía una señal de certidumbre a los socios comerciales de Estados Unidos y a los mercados.
