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Derechos Especiales de Giro: una explicación con peras y manzanas

La discusión comenzó a principios de agosto cuando el Fondo Monetario Internacional anunció su intención de asignar 650.000 millones de dólares en Derechos Especiales de Giro (DEG) a los países miembros. Es la asignación más alta en la historia del organismo y el objetivo, de acuerdo con el FMI, sería proveer de mayor liquidez a la economía global para facilitar, según lo señalado por Kristalina Georgieva, la recuperación económica poscovid. Conforme a las cuotas de participación de los países que son miembros del Fondo, a México le corresponderían 12.000 millones de dólares.

Empecemos por aclarar algunos conceptos. Los DEGs fueron creados por el FMI en 1969 para ayudar a complementar las reservas internacionales de los países miembros. Se crearon en el contexto del sistema de paridad cambiaria fija de Bretton Woods (sugiero leer el artículo del viernes 13 de agosto de Macario Schettino en El Financiero), pero cuando se abandonó ese sistema en 1973, y la mayoría de las grandes monedas pasaron a regímenes cambiarios flotantes, la dependencia de los DEGs fue disminuyendo.

En términos muy sencillos, los DEGs son un invento del FMI. Cuando fueron creados cada Derecho Especial de Giro era equivalente a 0.89 gramos de oro —o a un dólar de Estados Unidos— porque existía el patrón oro. Tras el derrumbe del acuerdo de Bretton Woods, los DEGs dejaron de vincularse al oro, y en su lugar se vincularon a una canasta de monedas. Hoy, en esa canasta están el dólar estadounidense, el euro, el renminbi chino, el yen japonés y la libra esterlina. La importancia de cada moneda en la canasta va de mayor a menor conforme las enlisté. El valor diario de cada DEG se determina con los tipos de cambio al contado observados al medio día hora de Londres.

A lo largo de la historia se han asignado en total 660.770 millones de DGEs, equivalentes más o menos a 943.000 millones de dólares, incluyendo la asignación reciente que es, por mucho, la más grande: 456.000 millones de DEGs, equivalentes a 650.000 millones de dólares.

Pero, y esto es muy importante de tener en cuenta, los DEGs no son una moneda. No son tampoco dinero en el sentido más terrenal del término, es decir, no se pueden usar para hacer transacciones. No se pueden comprar peras y manzanas en el súper con Derechos Especiales de Giro. Tampoco son un crédito con el Fondo, ni con nadie. Sí, son un activo de reserva y una unidad de cuenta aceptada por el FMI y otros organismos internacionales. Aceptado como eso, como unidad de cuenta: como una unidad de contabilidad entre algunas entidades. Sí es posible, sin embargo, canjearlos por monedas de libre uso en caso de que se encuentre quien los quiera comprar. Pero eso no sucede. Ningún privado, ni persona física ni moral, puede tenerlos. Complicado, ¿verdad?

Como mencioné, en la asignación reciente de DEGs por parte del FMI a los países, le tocarían a México 12.000 millones de dólares en DEGs. Pero de nuevo, no son dólares. Son DEGs. Le tocarían, más o menos, 8.418 millones de DEGs que equivalen a esos 12.000 millones de dólares. ¿Qué se hace con ellos? ¿A dónde se van esos Derechos Especiales de Giro? Para eso hay que recurrir a la Ley de Banco de México y entender la conformación de las reservas internacionales.

El artículo 18 de la Ley de Banxico señala que este contará con una reserva de activos internacionales para ayudar a mantener la estabilidad del poder adquisitivo de la moneda. En el artículo 19 se puntualizan los activos con los que se conforma dicha reserva que serán, de forma simplificada: 1) divisas y oro, 2) participaciones de México en el FMI y 3) divisas provenientes de financiamientos para regulación cambiaria. En lo que hace al punto número uno, el artículo 20 de la misma Ley establece qué se debe entender por divisas para la conformación de las reservas internacionales. Es en ese artículo donde se incluyen como activos potenciales para formar parte de las reservas internacionales los Derechos Especiales de Giro del FMI.

Al asignarle el Fondo 12.000 millones de dólares en DEGs al país, estos se vuelven parte de las reservas internacionales, que son, a su vez, parte de los activos de Banco de México, como lo serían de cualquier banco central. Contablemente, un cambio en los activos debe de repercutir en un ajuste en los pasivos del banco, entre los cuales se encuentra el efectivo —los billetes y monedas circulantes— del país. Es decir, lo que se esperaría es que a través de ese incremento en el activo se genere un aumento en el pasivo que, conforme a las intenciones del FMI, propulsaría la liquidez de las economías.

Pero ¿y qué pasa si el Banco central decide tomar esos Derechos Especiales de Giro sin modificar el monto total de las reservas? Es decir, pensemos que el Banco central tiene 100 dólares en reservas internacionales y recibe del FMI 12 dólares adicionales. Una opción es que el banco incremente sus reservas y haga el ajuste correspondiente en el pasivo y otra es que tome esos 12 dólares en DEGs, los incorpore a sus reservas, pero saque de las mismas 12 dólares “líquidos” dejando las reservas en 100.

Y es ahí dónde está la duda. ¿Podría el Banco de México deshacerse de reservas por 12.000 millones de dólares al sustituirlas por los DEGs? ¿Cómo se desharía de ellos? ¿Los vendería en el mercado? Suponiendo que lo hace, ¿quién tomaría la decisión? El Banco de México, supondríamos. Porque esos recursos no son del Gobierno. Son del país en toda la extensión de la palabra. Pero sigamos con los supuestos, si se deshiciera de ellos sacándolos de las reservas, ¿podría pasarlos a Hacienda? ¿Bajo qué supuesto legal podría hacerlo? Y Hacienda, ¿los podría usar en cualquier cosa? ¿Serían “ingresos extraordinarios” que podrían considerarse para el Presupuesto de Egresos?

¿O podría vender los DEGs? Como no son una moneda y solo son un activo de reserva, además de los países miembros, muy pocas entidades pueden ser tenedores de DEGs: cuatro bancos centrales, tres instituciones monetarias multinacionales y ocho bancos de desarrollo. Entonces, ¿a quién se los vendería? Además, en caso de que lograra vender esos Derechos Especiales de Giro, habría que pagarle intereses al FMI. De nuevo, como no son una moneda, sino un activo de reserva del Fondo, mientras se usen como activo en las reservas internacionales se le “perdonan” los intereses. Si se usan de otra forma, en caso de que fuera posible, habría que pagarle intereses al Fondo.

Técnica y legalmente quedan muchas dudas. Vaya embrollo en el que nos metió el FMI con esta asignación de DEGs. Pero hay otros cuestionamientos: ¿Quién le metió al presidente la idea de que se podían usar estos DEGs? ¿Quién o qué secretaría saldría beneficiada de esta jugada?

El presidente ha señalado muchas veces, incluso en su discurso de toma de posesión, que respetaría la autonomía de Banco de México. Pero hay enormes diferencias entre lo que se dice y lo que se hace. Al intervenir y opinar continuamente en las decisiones del Banco central, está poniendo en riesgo la autonomía de esa institución. Al juzgar al gobernador o a los subgobernadores desde el púlpito presidencial va minando su reputación y su carácter técnico. Al pretender cambiar la ley del Banco central, como ya ha sucedido, muestra el poco respeto que le tiene. Al querer apropiarse de las reservas internacionales mediante esta jugarreta muestra que él lo que quiere, no es un banco central autónomo, quiere una fábrica de recursos a su disposición.

La discusión de los DEGs puede ser muy enredada, pero la intención del presidente es muy clara. López Obrador desea obtener recursos de donde sea, incluso, pasando por encima de la autonomía del Banco de México.

*Las opiniones expresadas en esta columna son responsabilidad de la autora y no representan la postura institucional.

Publicado en El País.

19-08-2021