Investigación

Talos Energy usa el mecanismo de solución de controversias inversionista-Estado del T-MEC

Talos Energy usa el mecanismo de solución de controversias Inversionista-Estado delT-MEC en busca de una solución a disputa con el gobierno mexicano

El pasado 3 de septiembre, la empresa petrolera estadounidense Talos Energy presentó un aviso de intención de someter una reclamación de arbitraje al gobierno mexicano a través del mecanismo de solución de controversias Inversionista-Estado contemplado por el T-MEC. La acción concierne decisiones tomadas por la Secretaría de Energía (SENER) respecto al campo petrolero Zama, ubicado en aguas someras del Golfo de México. Talos argumenta que las decisiones de SENER, en particular la designación de Petróleos Mexicanos (Pemex) como operador de Zama, constituyen una violación al Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC). Es de las primeras veces que un particular hace uso del mecanismo de solución de controversias Inversionista-Estado bajo el T-MEC. El aviso tiene como objetivo abrir una fase de negociación y consultas entre las partes involucradas. Es la última instancia para resolver la controversia de manera amistosa y evitar acciones legales, incluido el arbitraje internacional.

La disputa surge de la notificación que la Sener hizo a Talos el pasado 2 de julio respecto a la designación de Pemex como operador del campo petrolero Zama. De acuerdo a la empresa norteamericana, la paraestatal no cumplió con los lineamientos establecidos por el propio gobierno de México en materia de explotación y manejo de los recursos del yacimiento compartido entre empresas privadas y Pemex, que estipulaban la creación de una unidad para el desarrollo conjunto. Talos argumenta que Sener no demostró haber considerado los “principios de economía, competitividad, eficiencia, legalidad, transparencia, mejores prácticas de la industria y el mejor uso de los hidrocarburos” a la hora de otorgar el control a Pemex, requisito establecido en los lineamientos de unificación de yacimientos compartidos de México.

Además, señala las afectaciones a la inversión de casi $350 millones de dólares que realizó en el yacimiento, así como el retraso y eventual cancelación de proyectos para perforar pozos cercanos con la finalidad de proporcionar datos geológicos complementarios por parte de Pemex. Han planteado también que, a pesar de la capacidad demostrada para desarrollar el campo de manera óptima, se exigieron condiciones difíciles de cumplir para una empresa privada con pocos años de operación en México, como la existencia de proyectos de desarrollo nacionales, capacidad de transporte y comercialización instalada y una producción alta de barriles de petróleo en el país.

El mecanismo de solución de controversias Inversionista-Estado se estableció en el capítulo 14 del T-MEC (inversión) y solo es aplicable para Estados Unidos y México. Este prevé que un particular pueda presentar una reclamación por la violación de disposiciones como el trato nacional o el trato de nación más favorecida, o por expropiación directa. Para algunos sectores seleccionados donde existe riesgo de expropiación indirecta - los de hidrocarburos y gas, telecomunicaciones, generación de energía, transporte o proyectos de infraestructura -, el mecanismo establece una mayor protección cuando el inversionista o su inversión hayan sufrido pérdidas o daños como consecuencia de una violación; esta protección es similar a la establecida en el TLCAN, bajo la cual el proceso de solución de controversias no tiene que empezar en el sistema judicial mexicano. A partir de la notificación de disputa del 3 de septiembre, el plazo para alcanzar una solución es de noventa días. Si este transcurre sin un acuerdo, el demandante -Talos, en este caso- podrá presentar la reclamación ante una institución arbitral internacional seleccionada por ambas partes, y se deberán designar los árbitros que compondrán el Tribunal para resolver el caso. Si se da una resolución a favor de Talos, el tribunal podrá dictaminar un pago de daños y perjuicios, que además deberá cubrir los gastos incurridos en el proceso.

El asunto subraya la importancia de asegurar la rentabilidad y capacidad de las empresas públicas para implementar proyectos de inversión que hagan uso eficiente de los recursos. Más aún, el primer uso del mecanismo de solución de controversias Inversionista-Estado representa una oportunidad para que el gobierno mexicano impulse la confianza de los inversionistas mediante el respeto de los contratos y condiciones establecidas en el tratado comercial. Para que el T-MEC cumpla la función deseada como palanca de desarrollo, es necesario asegurar el respeto del estado de derecho y enviar señales claras de la creación de un ambiente favorable para los negocios y la inversión.

En los próximos días, el gobierno mexicano deberá mostrar disposición para dialogar con la compañía estadounidense a fin de resolver la controversia mediante un acuerdo justo y mutuamente beneficioso.