La Suprema Corte y la reforma político-electoral

  • La reforma político-electoral denominada “Plan B” reformó, a finales de 2022 y principios de 2023, diversas leyes que afectan la participación equitativa de los actores políticos en la contienda electoral, así como la organización y funcionamiento del INE y de los Órganos Públicos Locales Electorales.
  • Desde su aprobación en el Congreso, se presentaron 188 recursos en contra de dicha reforma: 15 Acciones de Inconstitucionalidad y 173 Controversias Constitucionales.
  • Con 9 votos a favor y 2 en contra, el 8 de mayo de 2023 la Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó las reformas a la Ley General de Comunicación Social y a la Ley General de Responsabilidades Administrativas. 

En diciembre de 2022, el Ejecutivo Federal presentó un paquete de reformas en materia político electoral, conocido como “Plan B”, que buscaba modificar cinco leyes. Este fue aprobado por el Congreso de la Unión en dos partes: la primera se publicó el 27 de diciembre de 2022 y reformó la Ley General de Comunicación Social y la Ley General de Responsabilidades Administrativas; la segunda se publicó el 2 de marzo de 2023 y reformó la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales, la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y la Ley de Partidos Políticos.

Al analizar este paquete de reformas y los efectos para el sistema político del país, el Instituto Mexicano para la Competitividad, (IMCO) observa lo siguiente:

  • La primera parte del paquete de reformas pone en riesgo las condiciones de equidad para partidos y candidatos, que son necesarias para la realización de contiendas electorales libres. Específicamente, permite la injerencia del gobierno, particularmente en las campañas de comunicación. Además, redefine el concepto de propaganda gubernamental y permite que los servidores públicos lleven a cabo actividades y comunicaciones proselitistas bajo el argumento de la libertad de expresión. 
  • El segundo paquete de reformas afecta la organización del Instituto Nacional Electoral (INE) y de los Órganos Públicos Locales Electorales (OPLES). Específicamente, la reforma eliminó 300 Juntas Ejecutivas Distritales y las sustituyó por órganos unipersonales. Al afectar la actualización del padrón electoral, la cartografía electoral y las capacitaciones a los funcionarios de casilla, este cambio también pone en riesgo el desarrollo de elecciones libres y la representación de la ciudadanía.

El Congreso de la Unión aprobó ambas partes de la reforma de manera urgente, a pesar de que el proceso legislativo en nuestro país prevé diversos elementos esenciales para garantizar la calidad de la actividad legislativa, tales como el estudio de las implicaciones de las reformas, la participación ciudadana y la deliberación democrática. Es decir, la aprobación no respetó el proceso legislativo. 

El Plan B fue impugnado ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) por medio de Acciones de Inconstitucionalidad y Controversias Constitucionales. Estas impugnaciones fueron realizadas por diferentes partidos políticos, minorías legislativas, Poderes Ejecutivos Estatales, municipios, alcaldías, Institutos Electorales Locales y el Instituto Nacional Electoral. En total, se presentaron 188 recursos.

El 8 de mayo de 2023 se discutió en el Pleno de la SCJN la resolución de las Acciones de Constitucionalidad que buscan la invalidez de la Ley de Comunicación Social y la Ley General de Responsabilidades Administrativas. La discusión del Pleno de la SCJN se centró en las violaciones al proceso legislativo y al principio de deliberación democrática. La SCJN resolvió que la primera parte de la reforma es inconstitucional y declaró su invalidez. Aún está pendiente la resolución de la SCJN sobre la segunda parte.

El cumplimiento de un proceso legislativo limpio, con deliberación democrática, y la garantía de elecciones libres y equitativas son acciones fundamentales para la competitividad del país. La aprobación del Plan B, sin embargo, tuvo un proceso legislativo tropezado y podría afectar el desarrollo de elecciones libres. Queda en manos de la SCJN, como institución de contrapeso en nuestra democracia, decidir si la segunda parte del Plan B es inconstitucional.

Para tener un México competitivo es necesario tener leyes en materia electoral que permitan elecciones competitivas e instituciones electorales que protejan los ejercicios democráticos.